Luego de una extensa negociación, finalmente las empleadas domésticas consiguieron un aumento. Para las que están en blanco será de 6,09% que se divide en dos etapas en septiembre y octubre. Para las que trabajan por hora, el aumento es de alrededor de $150 más la hora.
De esta manera, el sindicato que nuclea a los trabajadores del Servicio Doméstico señaló que la Comisión Nacional del Trabajo de Casas Particulares (Cntcp) alcanzó un consenso en un ajuste del 6,09%. Dicha actualización será en dos etapas, 3,2% retroactivo a septiembre y 2,8% para octubre de 2024.
El aumento salarial del servicio doméstico se distribuye en dos cuotas acumulativas aplicables a los sueldos de septiembre y octubre. Dicha actualización se aplicará de la siguiente forma:
De este modo, el ajuste total para los trabajadores de casas particulares será del 6,09%.
De esta manera así quedarían los valores por hora para los trabajadores del Servicio Doméstico:
De esta manera, a partir de este jueves, las empleadas domésticas, que perciben su salario por hora, tienen que cobrar la hora: $2780. Esto significa $150 más de lo que venían cobrando.
obre estos montos hay adicionales: por antigüedad corresponde un 1% por cada año trabajado con el mismo empleador, sobre el salario mensual. También se debe abonar un 30% más por zona desfavorable para el personal que trabaje en las siguientes regiones: La Pampa, Río Negro, Chubut, Neuquén, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, o en el Partido de Patagones de la Provincia de Buenos Aires.
La normativa también establece que “el personal que efectúe tareas incluidas en más de una categoría quedará comprendido en la que resulte la principal que desempeñe con habitualidad”.
Por otra parte, la legislación vigente aclara que para aquellos trabajadores comprendidos en el Régimen establecido por la Ley N° 26.844 (empleados formales del servicio doméstico), que trabajen 24 o más horas semanales para un mismo empleador, debe percibir su salario considerando el importe establecido para la modalidad retributiva “mensual”, en forma proporcional a la cantidad de horas efectivamente trabajadas. Respecto de quienes trabajen para un mismo empleador menos de 24 horas semanales, el salario se debe liquidar de acuerdo a la modalidad retributiva “por hora”.
En el caso que la empleada realice tareas que correspondan a más de una categoría, como el cuidado de niños y la limpieza del hogar, tiene derecho a cobrar el salario correspondiente a la categoría mejor remunerada. Por ejemplo, si realiza tareas de asistencia y cuidado de personas, cuyo valor por hora es superior al de las tareas generales, debe cobrar según ese criterio.