La Administración Federal de Ingresos Públicos dio a conocer los montos límite en operaciones con billeteras virtuales que deberán ser declarados en el mes de julio.
La evolución tecnológica ha transformado la manera en que compramos, vendemos e incluso ahorramos. En este contexto, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) se mantiene en constante actualización para regular las entidades bancarias y billeteras virtuales, estableciendo montos mínimos que deben ser informados mensualmente, por ejemplo, cuando ingresamos plata a Mercado Pago. Este es el límite para julio.
Todas las billeteras virtuales y aplicaciones deben reportar al gobierno cada movimiento realizado en sus plataformas. Esta medida busca proteger el sistema financiero y asegurar que los contribuyentes cumplan con sus obligaciones fiscales. Con la modificación de los montos máximos permitidos sin declarar, los usuarios deben estar atentos a sus saldos finales mensuales, ingresos, egresos y transferencias.
Cuánto dinero se puede tener en Mercado Pago sin declarar a la AFIP
La AFIP ha confirmado los topes para las operaciones en billeteras virtuales como Mercado Pago para julio de 2024, manteniendo los montos establecidos en junio. Los usuarios podrán tener hasta $700.000 en sus billeteras virtuales sin necesidad de reportar estas transacciones a la AFIP. Es decir que no podés superar ese monto como saldo final por mes.
En el caso de montos en moneda extranjera, digital o criptomoneda, se debe realizar la conversión a su equivalente en la cotización oficial.
Además, los Proveedores de Servicios de Pago (PSP) deben informar a la AFIP sobre las transferencias de sus usuarios cuando los ingresos o egresos mensuales alcanzan o superan los $400.000. Para transferencias o ingresos superiores a $1.400.000, el banco o billetera virtual debe detallar el tipo de transferencia (bancaria o virtual), la CBU o CVU utilizado y el monto transferido en pesos.