Choques de atrás: lo que dice la ley y cuándo puede cambiar la responsabilidad

Choques de atrás: lo que dice la ley y cuándo puede cambiar la responsabilidad

Será Justicia

En el programa Cada Día, los abogados Emilia Pronotto y Emiliano Porte Maza —los “Será Justicia”— analizaron el mito instalado en la sociedad sobre los impactos traseros. Explicaron qué establece la normativa argentina y cuáles son las excepciones que pueden modificar tanto un fallo judicial como la cobertura de las aseguradoras.

En la cultura vial argentina está arraigada la idea de que “el que choca de atrás siempre tiene la culpa”. La legislación presume esa responsabilidad porque se entiende que el conductor no mantuvo la distancia prudencial, circulaba a una velocidad indebida o perdió el dominio del vehículo. Sin embargo, durante su participación en Cada Día, los abogados Emilia Pronotto y Emiliano Porte Maza remarcaron que existen excepciones legales que pueden cambiar el desenlace de un caso.

Uno de los especialistas lo resumió así: “Siempre tenés la culpa de entrada. Ahora, empecemos a ver algunos factores que a mí me pueden llegar a sacar”. La regla es clara, pero el análisis del hecho concreto puede abrir la puerta a otras interpretaciones.

Excepciones que pueden modificar la responsabilidad

Entre los supuestos más relevantes se encuentran:

  • Choques en cadena, donde el vehículo del medio es empujado por otro a gran velocidad.
  • Calzadas resbaladizas por hielo o condiciones extremas.
  • Maniobras intempestivas del auto de adelante, como frenar sin luces de stop.
  • Salida marcha atrás desde una cochera o estacionamiento.

En todos estos escenarios, la defensa depende de demostrar que el conductor cumplía con la normativa: velocidad reglamentaria, distancia prudencial y pleno dominio del vehículo.

El rol de los jueces

Los abogados también aclararon la diferencia entre el juez administrativo de tránsito, que sanciona infracciones, y el juez jurisdiccional, que determina responsabilidades económicas. El primero aplica multas según la ley, mientras que el segundo define quién debe pagar los daños y qué cobertura corresponde. “El juez administrativo no falla a favor de ninguno, simplemente determina qué norma se infringió”, señalaron.

 

Seguros y exclusiones

Las compañías de seguros suelen invocar múltiples argumentos para evitar cubrir un siniestro: mora en el pago de la póliza, falta de licencia o conducción bajo efectos del alcohol. Sin embargo, algunos fallos recientes obligaron a garantizar cobertura incluso en casos discutidos. La morosidad en el pago es uno de los puntos más peleables: aunque el contrato establece que la falta de pago implica pérdida de cobertura, los jueces pueden considerar la buena fe del asegurado y ordenar que la compañía responda.

Distracciones y celular

Finalmente, los especialistas remarcaron el impacto del uso del celular al volante, una de las principales causas de accidentes actuales. Si el conductor de adelante frena de golpe por estar distraído y se produce un choque, demostrar esa situación con testigos en el acta de tránsito puede ser decisivo.

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