El drama de alquilar: inquilinos piden que se declare la emergencia habitacional

El drama de alquilar: inquilinos piden que se declare la emergencia habitacional

Mientras el senado retoma el análisis para reformar la Ley de Alquileres, hay muchos mendocinos que denuncia una situación que no da para más, ya que cuesta conseguir propiedades que estén en renta.

El sector inmobiliario en Mendoza y en Argentina se encuentra en crisis. Si bien la reforma de la ley de alquileres se sigue discutiendo en la Cámara de senadores, muchos inquilinos viven una situación crítica: no encuentran viviendas para rentar. Es por eso que piden al Gobierno Nacional que declare la emergencia habitacional.

Inquilinos piden al gobierno que se declare la emergencia habitacional en todo el territorio nacional. Esto se debe a que la Ley de Alquileres vigente en Argentina ha traído más problemas tanto a inquilinos como propietarios. En tanto, desde la Cámara de Inmobiliarias en Mendoza, aseguran que propietarios no están poniendo propiedades en alquiler hasta las elecciones.

Agrupados en el Movimiento Inquilino Nacional, inquilinos de todo el país piden que se declare la emergencia habitacional. Entienden que esa es la única manera de que se resuelva el problema de fondo. Además, declararon que lo ideal sería la creación de una cámara del alquiler que dependa del ministerio de desarrollo y que pueda regular mejor la actividad.

El Presidente de la Cámara de Inmobiliarias de Mendoza, Roberto Irrera, advirtió que el sector está en crisis, “las dos partes son víctimas”, expresó. La ley ya tiene tres años y ha entorpecido contratos y restringido la oferta. Muchos propietarios han optado por vender, otros las sacan de oferta y otro gran grupo está haciendo contratos más cortos, renovaciones por tres, cuatro o seis meses. Sin contar, los que se han volcado a un nuevo nicho que son los alquileres temporales.

¿Cuáles son los cambios que se discuten en la Ley de Alquileres?

  • Vigencia de los contratos

Uno de los puntos centrales que marcó el proyecto es sobre la vigencia de los contratos entre inquilinos y propietarios. De esta forma se reduciría de 3 a 2 años, luego de eso se deberá proceder a renovar.

  • Tiempo de actualización del monto del alquiler

Por otro lado, se habló sobre el periodo de actualización de los montos de alquiler. La ley establecía que estos se actualizaban una vez al año atado al índice de inflación. La reforma de la ley marca un nuevo sistema de actualización que podrá efectuarse dentro de un plazo de 4 a 12 meses.

  • Mecanismo de actualización del monto

Otro de los puntos marca que estas actualizaciones en el canon mensual se harán a partir de un índice o un acuerdo entre las partes al inicio de la relación locativa. De esta forma se podría aplicar el índice de precios al consumidor (IPC), el índice de precios mayoristas (IPM) y/o el índice de salarios (IS), elaborados por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (Indec) o una combinación de dichos índices, estipula la norma.

  • Anticipos, depósito o garantías 

La reforma estipula que en el caso de que el lugar se utilice como vivienda habitacional no puede exigirse al inquilino el pago de alquileres anticipados ni depósitos de garantía superiores a un mes. Este último, además, debe ser devuelto al valor del último mes de alquiler o la parte proporcional si la garantía es inferior al mes. Tampoco podrá exigirse un pago de “valor llave o equivalente”.

Exenciones e incentivos para la recuperación del mercado

  • Exenciones al monotributo

Esto aplica para aquellos propietarios que tengan 3 o menos “unidades de explotación”, es decir, para alquiler.

  • Exención del pago del impuesto a los Bienes Personales

Sobre los bienes ofrecidos en locación “para casa-habitación, con contratos debidamente registrados”, aunque con tope a determinar según el valor de los contratos vigentes.

  • Exención al pago del impuesto al cheque

Esto aplica de la misma manera para las operaciones bancarias “utilizadas en forma exclusiva para las operaciones inherentes a la actividad de locación de inmuebles con destino casa – habitación”, todo con los contratos debidamente registrados.

Ahora, la reforma pasa a la órbita del Senado, donde la oposición no tiene asegurada la mayoría para defender estos cambios y donde se verá si se aplicarán o no.