El sindicato que nuclea a los trabajadores del Servicio Doméstico se reunió con su contraparte patronal para discutir los aumentos de septiembre y octubre para el sector. No se llegó un acuerdo ya que los trabajadores solicitaron un aumento del 8% para los dos meses y la patronal ofreció un 6%.
En la primera negociación, ocurrida el 18 de septiembre, la propuesta de los representantes de las empleadas de Casas Particulares llevó a la mesa de la negociación la intención de un 12% de aumento.
Luego, se pasó a una propuesta del 10%, y frente a la negativa oficial que seguía inamovible en un 6% (3 y 3%) desde el primer encuentro), los sindicatos ajustaron a 8%.
El sindicato que nuclea a las trabajadoras del Servicio Doméstico ofreció un 5,25 para septiembre y un 2,75% para octubre, similar a Comercio.
Sin embargo, la propuesta oficial siempre fue un 6% de ajuste, que varió entre un 4 y un 2% primero; y en una segunda instancia se plantó en un 3 y 3%, y un incremento del 2% para noviembre. En todos los casos, la respuesta de la contraparte fue no.
La próxima reunión es el lunes 21 de octubre.
El Sindicato del Personal del Servicio Doméstico con la representación patronal del sector cerró el último acuerdo en agosto. Los trabajadores del rubro recibieron 8,5% de aumento con los sueldos de julio, más 4% de suba con los haberes de agosto. Entonces, la mesa quedó en volver a reunirse en septiembre. Se extendió hasta ahora esa instancia con reuniones infructuosas.
El monto a cobrar en estos momentos para la quinta categoría, que es el de las empleadas que trabajan en casas particulares, es el mismo que traen desde agosto:
"En los casos de que los empleadores no hayan pagado los aumentos correspondientes, deberán hacerlo de forma retroactiva en un solo pago desde este momento", indicaron desde el sindicato.
¿Como calcular el pago de la diferencia?
Debes calcular el pago correspondiente al mes restando la diferencia entre el sueldo homologado y lo pagado. Es decir, que si cobraste sueldo por hora, ahora tenés que cobrar por agosto una diferencia de $298 por cada hora trabajada. Si trabajaste 4 horas por días, 5 días a la semana durante el mes de agosto, te deberían pagar una diferencia de $23840.
Estos valores responden únicamente al salario, por lo que el empleador deberá, además, abonar los conceptos de antigüedad, aportes jubilatorios y obra social.
En caso de prestar tareas en más de una categoría, le corresponde percibir la remuneración de la categoría mejor remunerada.
En tanto, para serenos y niñeras así quedó el salario desde agosto: