Además, aquellos empleados que trabajaron el 9 de julio deberán recibir un pago doble.
En un reciente logro en las negociaciones salariales, la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (Faecys) alcanzó un acuerdo con las principales cámaras empresariales del sector, estableciendo un aumento del 13,5% en tres tramos. Además, aquellos que trabajaron el feriado del 9 de julio recibirán el doble de su salario por esa jornada en agosto.
Este nuevo convenio, que abarca el periodo de marzo de 2024 a abril de 2025, contempla un incremento escalonado en los salarios de los empleados de comercio. El aumento se distribuirá de la siguiente manera:
- Junio: 5%
- Julio: 4,5%
- Agosto: 4%
Estos porcentajes se aplicarán sobre los sueldos básicos de mayo de 2024, incluyendo tanto los conceptos remunerativos como los no remunerativos.
Según los artículos 166 y 167 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744, esta remuneración extra se añadirá al segundo tramo del incremento trimestral del 13,5% no remunerativo, acordado el 27 de junio entre la FAECyS y las cámaras empresariales.
Además, los importes no remunerativos se considerarán para el cálculo de los pagos por días trabajados en feriados nacionales y domingos, comenzando en julio de 2024 sin efecto retroactivo, según especificó la Secretaría de Trabajo.
Asimismo, las sumas no remunerativas serán incluidas en el cálculo de adicionales por antigüedad y presentismo, así como en la liquidación del Sueldo Anual Complementario (SAC).
Pago doble por feriados trabajados
Para los empleados de comercio que trabajaron el 9 de julio, la legislación laboral exige un pago doble, lo que equivale a un recargo del 100% en concepto de hora extra. Este pago se compone del 1% del salario básico de la categoría correspondiente, más las sumas por presentismo y antigüedad. Estas últimas dos sumas incluyen un aumento del 4,5% correspondiente al segundo tramo del acuerdo paritario.
Ejemplo de Cálculo para la Categoría “Maestranza A”:
- Básico: $441,108
- Antigüedad: $4,411.08
- Presentismo: $37,126.59
- Hora Extra (unidad): $4,826.46