Este arroz “está falsamente rotulado y exhibe registros pertenecientes a otro elaborador y a otro producto”. Imita a una de las marcas más conocidas del mercado.
En el Boletín Oficial de este jueves, la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió la venta y consumo de una marca de arroz por considerarlo un producto ilegal. La etiqueta emula a la de uno de los arroces más conocidos del mercado.
Luego de una extensa investigación y mediante la Disposición 3153/2024 publicada este martes 9 de abril en el Boletín Oficial de la Nación, la ANMAT informó a la población en general que prohíbe la venta de un arroz.
“Prohíbese la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional y en las plataformas de venta en línea del producto: ‘Arroz pulido tipo largo fino calidad 00000 marca Arroz Gallo – Grano de Oro, Elaborado por Molino El Japonés S.R.L, San Salvador – Entre Ríos RNPA: 025/08002325-3-7/001, RNE: 025/08002325-3-7 Fraccionado por Leoncio Laura Marquez – Envasado en Yacuiba, Barrio San Juan – Calle N° 26, una cuadra antes del Colegio San Juan NIT: 7852676018, R.S.SENASAG 09-04-03-06-0006′”.
Dicho arroz no se podrá comercializar “en cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento, por carecer de registros de establecimiento y producto, y por estar falsamente rotulado al exhibir en su rótulo registros pertenecientes a otro elaborador y a otro producto, resultando ser en consecuencia un producto ilegal“.
La investigación se inició luego de una notificación proveniente del Instituto de Control de Alimentación y Bromatología de la provincia de Entre Ríos (ICAB), a través del Incidente Federal N° 3958 del Sistema de Información de Vigilancia Alimentaria (SIVA) del Sistema de Información Federal para la Gestión del Control de Alimentos (SIFeGA).