Seis departamentos mendocinos votan este domingo en comicios municipales. El voto es obligatorio y quienes no asistan sin justificar su ausencia deberán pagar una multa económica y enfrentar posibles sanciones administrativas.
El próximo domingo 22 de febrero se realizarán elecciones municipales en Mendoza en seis departamentos que decidieron desdoblar sus comicios de las elecciones provinciales y nacionales. En esta jornada se renovará la mitad de las bancas de los Concejos Deliberantes locales. Los distritos que irán a las urnas son Maipú, Luján de Cuyo, San Rafael, Rivadavia, Santa Rosa y La Paz. Ante la consulta recurrente de los electores, surge la pregunta clave: ¿de cuánto es la multa por no votar?
¿Es obligatorio votar en Mendoza?
En Argentina, el voto es obligatorio para todos los ciudadanos de entre 18 y 70 años. Así lo establece el Código Electoral Nacional, que fija las sanciones para quienes no cumplan con el deber cívico y no justifiquen su ausencia dentro del plazo correspondiente.
De cuánto es la multa por no votar el 22 de febrero
Según el Artículo 125 del Código Electoral Nacional, la multa por no votar varía en función de las infracciones previas que registre el elector:
- Primera infracción: $50
- Segunda infracción: $100
- Tercera infracción: $200
- Cuarta infracción: $400
- Quinta o más infracciones: $500
La sanción se aplica a quienes no emitan su voto y tampoco presenten una justificación válida dentro de los 60 días posteriores a la elección.
Además de la multa, el elector queda asentado en el Registro de Infractores al deber de votar, lo que implica:
- Restricciones para realizar trámites públicos ante organismos nacionales, provinciales o municipales durante un año.
- Imposibilidad de ser designado en empleos públicos por un período de hasta tres años.
La consulta del estado personal en el Registro de Infractores puede realizarse de manera online a través del sitio oficial de la Justicia Electoral.
Cómo justificar la ausencia en las elecciones
Quienes no puedan asistir a votar tienen un plazo de 60 días para presentar el justificativo ante la Secretaría Electoral correspondiente. Entre las causas válidas se contemplan:
- Distancia: encontrarse a más de 500 kilómetros del lugar de votación (con constancia policial).
- Salud: enfermedad o fuerza mayor debidamente acreditada con certificado médico.
- Razones laborales: prestación de servicios públicos esenciales durante la jornada electoral.
Elecciones municipales en Mendoza: qué se vota
En estos comicios se renovará la mitad de los concejales en cada uno de los seis departamentos que desdoblaron su calendario electoral. Se trata de una instancia clave para la conformación de los Concejos Deliberantes y la definición de mayorías legislativas locales.