Súper Niño: las multas por tirar basura en espacios públicos de Mendoza pueden llegar hasta los $6 millones

Súper Niño: las multas por tirar basura en espacios públicos de Mendoza pueden llegar hasta los $6 millones

Código Contravencional

La nueva normativa provincial endurece las sanciones para quienes arrojen residuos en calles, espacios públicos y cauces de agua. Las multas parten de los $600.000 para particulares, pueden alcanzar los $5 millones y duplicarse durante emergencias climáticas como las lluvias.

Ante la posibilidad de lluvias intensas por el fenómeno de El Súper Niño, Mendoza busca evitar que la basura y los escombros obstruyan acequias, canales y colectores. Para eso, una ley provincial endureció las sanciones por arrojar residuos en espacios públicos y privados: las multas pueden llegar a más de $3 millones para particulares que afecten cauces de agua y a más de $6 millones para empresas durante una emergencia climática.

La posibilidad de que se registren lluvias intensas en Mendoza por el fenómeno de El Niño volvió a poner el foco en la limpieza de acequias, canales y colectores. Mientras los municipios de Las Heras, Ciudad, Guaymallén, entre otros, realizan tareas de mantenimiento en sectores considerados críticos para prevenir inundaciones, una nueva ley provincial establece multas millonarias para quienes arrojen basura y otros residuos en espacios públicos.

Qué dice la Ley 9737 sobre tirar basura en Mendoza

La Ley 9737, sancionada por la Legislatura provincial el 6 de octubre y publicada en el Boletín Oficial el 19 de octubre de 2026, modifica el Código Contravencional de Mendoza (Ley 9099) y endurece las sanciones por arrojar o acumular residuos en espacios públicos y privados.

La prohibición incluye calles, plazas, paseos, parques, senderos, puentes, acequias, canales, colectores y cursos de agua. También alcanza a quienes arrojen escombros, malezas, aguas servidas o metales, acumulen esos elementos en lugares no habilitados o no mantengan limpios los frentes de sus viviendas y terrenos.

La norma establece que las sanciones se aplican en toda la provincia y que, además de la multa o el arresto, los responsables deberán reparar los daños ocasionados y hacerse cargo de los gastos de limpieza, remoción y traslado de los residuos.

De cuánto son las multas por arrojar basura en espacios públicos

Para quienes arrojen o acumulen residuos en calles, plazas, parques, veredas, acequias y otros bienes públicos o privados, la ley establece multas de 1.000 a 2.000 Unidades Fijas (UF).

Tomando como referencia un valor de $600 por UF, los montos equivalen a entre $600.000 y $1.200.000. La sanción también puede consistir en un arresto de 10 a 20 días y 30 días de trabajo comunitario de limpieza.

Cuánto sale la multa por tirar basura en acequias, canales y cauces de agua

Las sanciones son más severas cuando la conducta afecta la infraestructura hídrica y de drenaje. La ley contempla específicamente a quienes arrojen, coloquen o depositen residuos, escombros, malezas, aguas servidas, objetos o metales en canales, colectores, acueductos, cauces de agua, cauces aluvionales, hijuelas, acequias y obras de drenaje pluvial.

En estos casos, las multas van de 1.500 a 3.000 UF, es decir, de $900.000 a $1.800.000, según el valor de referencia de $600 por unidad.

Además, se prevén arrestos de 15 a 25 días y 25 días de trabajo comunitario de limpieza. La infracción también comprende las acciones u omisiones que puedan obstruir o poner en riesgo el escurrimiento del agua.

La Ley 9737 también incorpora sanciones específicas para las personas jurídicas. Cuando las infracciones se cometan durante actividades realizadas en nombre, interés o beneficio de una empresa, la multa será de entre 5.000 y 10.000 UF.

En pesos, esto representa un monto de $3.000.000 a $6.000.000. También pueden aplicarse sanciones accesorias, como decomisos, clausuras e inhabilitaciones, sin perjuicio de la responsabilidad individual de quienes hayan cometido la infracción.

Las multas pueden duplicarse durante una emergencia climática

Uno de los puntos centrales de la nueva normativa es el agravamiento de las sanciones cuando las infracciones se cometan durante alertas, emergencias hidrometeorológicas o estados de catástrofe declarados formalmente por la autoridad competente.

En esas circunstancias, los montos mínimos y máximos de las multas pueden duplicarse. De esta manera, una persona que arroje residuos en un cauce de agua podría afrontar una sanción de más de $3 millones, mientras que para una empresa la multa podría alcanzar los $12 millones.

La modificación busca desalentar las conductas que afectan el sistema de drenaje, especialmente ante la posibilidad de lluvias intensas y el riesgo de obstrucciones en acequias, canales y colectores.

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