Progresar 2025: ¿cómo saber si cobrás en marzo?

Progresar 2025: ¿cómo saber si cobrás en marzo?

El Ministerio de Capital Humano ya habilitó la forma de chequear si continúas cobrando las becas para estudiantes. Se puede chequear a través de la Certificación Negativa de ANSES.

El Ministerio de Capital Humano finalmente pagó la cuota de febrero del 2025. La falta de definición con respecto a este pago despertó miles de especulaciones, sobre todo que no le pagarán a aquellos que deban materias.

Entendiendo la falta de comunicación que ofrece Capital Humano con respecto a las becas Progresar, el chequeo, para saber si todavía sos beneficiario, se puede realizar a través de la certificación negativa de ANSES.

La certificación negativa de ANSES es un documento permite conocer las prestaciones asignadas a cada ciudadano. De esta forma se puede confirmar la aprobación en el programa antes de su publicación oficial de Becas Progresar.

¿Cómo consultar la certificación negativa de Anses?

Para verificar si se cobrará la Beca Progresar en marzo de 2025, es necesario:

  1. Ingresar al portal Mi Anses con CUIL.
  2. Seleccionar la opción Certificación Negativa.
  3. Indicar el número de CUIL y el período correspondiente al mes de diciembre (número «12»), ya que los pagos se realizan a mes vencido.

Si la beca aparece resaltada en color rojo, significa que fue aprobada y el pago se acreditará en enero. Aún no se confirmó el cronograma para el próximo mes.

Cuánto Cobrarás por las Becas Progresar 2025

El monto anual de las Becas Progresar es de $35000 mensuales. Sin embargo, ANSES retiene un 20% de este monto, por lo que los estudiantes cobran $28000 por mes.

En estos casos te pueden suspender la Beca Progresar

La beca Progresar oportunamente entregada se suspende en los siguientes casos:

  • Si el titular de beca pierde la condición de regularidad informado por autoridades educativas institucionales.
  • Si se hubiera detectado en la segunda certificación que el estudiante no asiste a su establecimiento educativo, se procederá a una suspensión condicionada de la beca, hasta que se reincorpore y la institución lo certifique como alumno regular en la plataforma del Programa y de acuerdo con el calendario previsto.
  • Si existieran otras causales de urgencia informadas por las autoridades educativas distritales con la intervención de los equipos técnico-profesionales.
  • Si habiendo sido adjudicado/a con la beca durante el año de la convocatoria, no hubiera concurrido a su cobro por un período de CUATRO (4) meses consecutivos.
  • Si el titular de beca no participa en las actividades complementarias que el Programa determine se suspenderá el pago de la beca durante dos períodos mensuales. La participación en cursos de orientación vocacional (virtual y asincrónico) es de carácter obligatorio.

¿Cuándo cesa el pago de las Becas Progresar?

La beca oportunamente otorgada cesará hasta la siguiente inscripción en los siguientes casos:

  • Por el vencimiento de la beca otorgada.
  • Por muerte del becario.
  • Por renuncia del becario.
  • Por modificación de alguna de las causas que justificaron su otorgamiento.
  • Si el becario recibiera u obtuviera otra beca educativa similar otorgada por la Secretaría de Educación.
  • Por pérdida de la condición de alumno regular.
  • Por incumplimiento de cualquiera de las obligaciones previstas en el reglamento establecido por la Resolución 888/2024.
  • Por falsear u omitir información en los procesos de selección o una vez otorgada la beca. El sujeto que incurra en esta causal no podrá volver a inscribirse en el Programa durante el plazo de UN (1) año calendario por considerarse causal grave.

¿Cuándo te pueden excluir de las Becas Progresar?

Te pueden excluir de las Becas Progresar, el postulante que se encontrare incurso en alguna de las siguientes situaciones:

  • Si hubiera finalizado el nivel obligatorio.
  • Se hubiera declarado el cese de una beca del Programa por causal que le fuera imputable.
  • Recibiera u obtuviera otra beca educativa similar otorgada por la SECRETARÍA DE EDUCACIÓN.
  • Se encontrarán el aspirante a obtener la beca o cualquier miembro de su grupo familiar inscripto en el Régimen del Impuesto a las Ganancias.
  • No cumpliera con las demás condiciones previstas en el reglamento establecido por la Resolución 888/2024.

PODÉS LEER TODO EL REGLAMENTO DESDE ACÁ

 

Seguinos en