Desde el primero de agosto de 2026 rige un nuevo valor del Salario Mínimo, Vital y Móvil. El piso quedó establecido en $376.600 para los trabajadores mensualizados y en $1.883 por hora para quienes cobran por jornada.
El salario mínimo volvió a subir en agosto y, con la nueva actualización, el valor mínimo que corresponde pagar por hora quedó fijado en $1.883 para los trabajadores jornalizados.
El nuevo monto comenzó a regir desde el 1° de agosto de 2026 y forma parte del último tramo del esquema de aumentos establecido mediante la Resolución 9/2025 de la Secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.
De esta manera, el Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM) quedó en $376.600 mensuales para los trabajadores mensualizados, mientras que el valor horario pasó a $1.883.
El incremento fue establecido por el Gobierno nacional después de que el Consejo del Salario Mínimo no lograra alcanzar un acuerdo para definir los nuevos valores.
¿Cuánto es lo mínimo que pueden pagar por hora en agosto?
Con el nuevo esquema vigente, el salario mínimo para los trabajadores jornalizados quedó en:
$1.883 por hora.
Este valor funciona como referencia para quienes cobran bajo una modalidad de pago por jornada y forma parte del piso salarial establecido a nivel nacional.
Para los trabajadores mensualizados, en tanto, el salario mínimo quedó establecido en $376.600.
El aumento también impacta en ANSES
El SMVM no solamente establece un piso para los salarios. Su valor también es utilizado como referencia en diferentes programas y prestaciones sociales y previsionales.
Entre las prestaciones que tienen relación con el salario mínimo se encuentran:
- Asignación Universal por Hijo (AUH) y Asignación por Embarazo, cuyos topes de ingresos toman como referencia el SMVM.
- Becas Progresar, que establecen como requisito que los ingresos familiares no superen tres veces el salario mínimo.
- Prestación por Desempleo, cuyos valores mínimo y máximo se actualizan en función del salario mínimo.
- Jubilaciones de quienes acreditan 30 años de aportes efectivos, debido a la garantía del 82% del SMVM.
Prestación por Desempleo: cuánto se puede cobrar desde agosto
El aumento del salario mínimo también modificó los límites de la Prestación por Desempleo.
El beneficio se calcula tomando como referencia el 75% de la mejor remuneración mensual neta percibida durante los últimos seis meses de la relación laboral. Sin embargo, el resultado final debe mantenerse dentro de los límites establecidos por ANSES.
Desde agosto de 2026, los valores son:
- Monto mínimo: $188.300.
- Monto máximo: $376.600.
El mínimo equivale al 50% del nuevo salario mínimo, mientras que el máximo representa el 100%.
Jubilados con 30 años de aportes: ¿hay un pago extra?
El nuevo salario mínimo también genera dudas entre los jubilados que cuentan con 30 años de aportes efectivos.
La Ley 24.241 establece una garantía equivalente al 82% del salario mínimo para estos beneficiarios. Con el nuevo SMVM de $376.600, ese porcentaje representa $308.812.
Sin embargo, la jubilación mínima vigente es de $419.775,93, por lo que se encuentra por encima de los $308.812 correspondientes al 82% del salario mínimo.
Por ese motivo, ANSES no debe abonar un complemento adicional por el 82% móvil, ya que el haber mínimo supera el piso garantizado por la legislación.
Salario mínimo de agosto: los valores clave
Con la actualización que comenzó a regir el 1° de agosto, el salario mínimo quedó en $376.600 mensuales y $1.883 por hora.
El nuevo valor no solo establece el piso salarial, sino que también repercute en los límites y requisitos de diferentes prestaciones de ANSES.