El Gobierno autorizó a los puestos de diarios a operar como correos y entregar documentación oficial, tras derogar un régimen vigente desde hace 25 años. La medida busca ampliar su actividad y promover la libre competencia en el sector.
Desde este jueves 4 de septiembre, los tradicionales puestos de venta de diarios y revistas podrán prestar servicios como operadores postales, incluyendo la entrega de papelería, paquetería y documentación oficial como tarjetas de crédito, DNI y pasaportes.
La medida quedó formalizada con la publicación en el Boletín Oficial del decreto 629/2025, que deroga el Registro Nacional de Vendedores y Distribuidores de Diarios y Revistas creado en el año 2000.
Reconversión del oficio de “canillita”
La decisión habilita a las paradas de diarios a sumar una nueva actividad a las que ya incorporaron en los últimos años —como la venta de café, panificados, indumentaria y otros artículos— en un contexto de reconversión del trabajo tradicional, marcado por la caída en la circulación de periódicos impresos y el avance de los medios digitales.
Servicios habilitados
El decreto autoriza a los puestos de diarios a ofrecer:
- Entrega de correspondencia en general.
- Distribución de papelería y paquetería.
- Servicio de guarda, depósito y entrega de productos adquiridos por terceros a través del comercio electrónico.
- Entrega de tarjetas de crédito y débito, documentos de identidad y pasaportes.
Para poder brindar estos servicios, los titulares deberán registrarse como operadores postales ante el Ente Nacional de Comunicaciones (Enacom) o asociarse con un operador postal autorizado, que será el responsable legal ante los usuarios y la autoridad de aplicación.
Fundamentos de la medida
En los considerandos, el Gobierno señaló que la iniciativa forma parte de un plan para eliminar restricciones al comercio, los servicios y la industria, así como exigencias normativas que “distorsionen los precios de mercado, impidan la libre iniciativa privada o eviten la interacción espontánea de la oferta y la demanda”.
El Ejecutivo sostuvo que la derogación del régimen vigente desde hace 25 años busca promover “la libre circulación de bienes, servicios y trabajo” y garantizar un “mercado abierto, con libre competencia e igualdad ante la ley”.
Asimismo, recordó que el decreto 1005/2024 ya había desregulado diversos aspectos de la actividad postal, lo que brinda el marco legal para que los vendedores de diarios y revistas puedan desempeñar este nuevo rol.
Un marco legal unificado
Con la derogación del régimen específico para la venta y distribución de diarios y revistas en la vía pública, la actividad queda sujeta a las disposiciones del Código Civil y Comercial de la Nación y a las normas locales que resulten aplicables. Según el Gobierno, el esquema anterior se volvió “innecesario, obsoleto y limitante” para los actores del sector.