Luego de que el Gobierno se desprendiera del programa Potenciar Trabajo, nacieron dos: Volver al Trabajo y Acompañamiento Social que hasta el día de hoy se continúan pagando y están bajo la órbita de Capital Humano. Estos programas se cobran los primeros días de mes y continúan con el salario congelado en $78000.
Ambos planes sociales tienen vigencia hasta 2026 y, desafortunadamente, todo indica que se mantendrán en $78.000.
El programa Volver al Trabajo está compuesto por ex titulares de Potenciar Trabajo de hasta 49 años de edad. Por su parte, Acompañamiento Social está destinado a beneficiarios que tienen 50 años o más.
Acompañamiento Social depende de la Secretaría de Niñez, Adolescencia y Familia, mientras que Volver al Trabajo está bajo la órbita de la Secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad Social. No obstante, ambos programas son abonados por la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses).
La gran diferencia entre ambos programas es que uno es compatible con el empleo registrado y el otro no.
Volver al Trabajo y Acompañamiento Social lo cobrarán el martes 5 de noviembre.
Volver al Trabajo y Acompañamiento Social cobrarán en noviembre los $78000.
Volver al Trabajo es uno de los programas que se desprendió de Potenciar Trabajo, programa que el Gobierno Nacional consideró que fue ineficiente. Los cambios con su antecesor se centra en el foco en la inserción laboral y la eliminación de intermediación de organizaciones sociales.
De esta manera, los titulares de hasta 49 años forman parte del nuevo Volver al Trabajo. A diferencia del Potenciar Trabajo, su pago tiene fecha de vencimiento. Con lo cual, la vigencia de dicha asistencia será por 2 años.
El Gobierno aclaró que no se habilitarán nuevas vacantes, de esta manera estarán solo los ex Potenciar Trabajo.
Por otro lado, los mayores de 50 años y mujeres con 4 o más hijos menores de 18 años integrarán el Acompañamiento Social. Las autoridades no fijaron un plazo máximo para su pago. Esto se debe al gran problema que tienen para conseguir un empleo registrado.
El Ministerio de Capital Humano introdujo modificaciones significativas en el Programa de Acompañamiento Social. Tras el reempadronamiento digital, los beneficiarios previos del programa Potenciar Trabajo deben ahora validar sus datos en persona.
El incumplimiento de este requisito resultará en la suspensión de los pagos por parte de Anses. Según la Resolución 391/2024, esta nueva medida de validación de datos es obligatoria para el Acompañamiento Social, un programa dirigido a antiguos beneficiarios de Potenciar Trabajo de 50 años en adelante y a mujeres con al menos cuatro hijos menores a su cargo.
Los beneficiarios tuvieron la oportunidad de actualizar sus datos hasta principios de este mes a través de la plataforma Mi Argentina.
En adelante, se requerirá que los beneficiarios confirmen su identidad presentando su Documento Nacional de Identidad (DNI) en persona, en la fecha y lugar estipulados por el ministerio.
Este proceso no solo actualizará la información personal, sino que también verificará detalles sobre educación, experiencia laboral, capacitaciones y situación de vivienda. La actualización se realizará por etapas para garantizar un proceso sistemático y ordenado.
El Ministerio de Capital Humano aseguró que este procedimiento se coordinará con ANSES para facilitar el cumplimiento por parte de todos los beneficiarios.
La revalidación de Acompañamiento Social es:
La falta de cumplimiento de la validación resultará en la suspensión de los pagos realizados por Anses. Aquellos beneficiarios afectados por la suspensión tienen la opción de actualizar sus datos en los dos meses siguientes al incidente para restablecer el pago de sus beneficios. Si la validación no se renueva dentro de los cuatro meses posteriores a su vencimiento, se procederá a la eliminación del programa.
Las excepciones al proceso de relevamiento incluyen:
Estas situaciones deben ser verificadas por un profesional y la documentación correspondiente debe ser cargada en el sitio web de la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia o entregada en las oficinas de Anses en un plazo no mayor a dos meses después de la fecha de vencimiento del relevamiento.